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sábado, 17 de noviembre de 2012

SABRA DE ESTO NUESTRO PRESIDENTE MUNICIPAL?

En qué parte de los reglamentos y leyes que rigen al H. Ayuntamiento de Benito Juárez Cancún, se estipula que los Comités Vecinales y de Obra, no pueden realizar de MANERA AUTONOMA Y CONFORME A DERECHO, ASAMBLEAS PARA INFORMAR Y ORGANIZARSE MEJOR?
En qué parte de esos mismos instrumentos jurídicos que señalo arriba, se dice que PARA ALGUNOS LIDERES Y ALGUNAS COLONIAS IRREGULARES SI SE PUEDEN CREAR COMITES DE OBRA Y REALIZAR MEJORAS Y PARA OTROS LIDERES Y OTRAS COLONIAS NO SE PUEDE?
ALGUIEN QUE ME AYUDE A ENCONTRAR EL SUSTENTO JURIDICO DE ESTAS BARBARIDADES, POR FAVOR.
Digo, porque, bueno, en la escuela me enseñaron QUE LA MAXIMA LEY QUE RIGE A NUESTRO PAIS ES LA CONSTITUCION, y en ella se deja bien claro que:

Artículo 19
Se reconoce el derecho de reunión pública. El ejercicio de este derecho solo podrá estar sujeto a las restricciones de la ley en bien del interés del orden democrático, la seguridad nacional o del orden público o para proteger la salud o la moral pública o los derechos y libertades de los demás.

Artículo 20
Las personas tienen derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho de fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses. El ejercicio de este derecho solo podrá estar sujeto a las restricciones previstas en la ley que sean necesarias para el orden democrático, la seguridad nacional, la seguridad pública, el orden público o para proteger la salud, la moral pública o los derechos y libertades de los demás.
Y luego, también me hicieron leer y machetear, en la misma CONSTITUCION que:                             
Artículo 23
Toda persona de origen mexicano tiene derecho a participar en la dirección de los asuntos públicos en forma directa y sin restricciones y a ser seleccionado mediante el proceso de selección del sistema democrático de la Demarqía, en condiciones generales de igualdad, a todas las funciones públicas de su país.

Artículo 24
Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. La ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivo de raza, edad, color, sexo, idioma, religión, opinión, origen social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social.
Alguien entonces, que me explique porque JORGE RIVERO, DIRECTOR DE PARTICIPACION CIUDADANA en el H AYUNTAMIENTO, prohíbe a mis compañeras de las colonias populares donde tenemos trabajo, el realizar asambleas, "sin su permiso ni consentimiento", y en otras se niega a reconocer a los comités vecinales y de obra democráticamente electos, bajo pretexto de que son "invasión" e "irregulares", MIENTRAS QUE EN OTRAS COLONIAS DE LAS MISMAS CARACTERISTICAS NO SOLO RECONOCE A LOS COMITES SINO HASTA YA SE ESTAN LLEVANDO A CABO OBRAS.

Sabrá de esto nuestro Presidente Municipal?
 Quisiera que Jorge Rivero me contestase directamente, pero, lamentablemente, se niega al dialogo.

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